Preguntas frecuentes sobre delitos sexuales en el campus
TRABAJO DURO PARA PROTEGER SUS DERECHOS.
Defensa eficaz de un ex fiscal con calificación AV Preeminent* y más de 25 años de experiencia
TRABAJO DURO PARA PROTEGER SUS DERECHOS.
Defensa eficaz de un ex fiscal con calificación AV Preeminent* y más de 25 años de experiencia
Los campus universitarios pueden parecer sus propios entornos especiales. Y hasta cierto punto, esa descripción es bastante precisa. Son como microcosmos de la sociedad donde los estudiantes aprenden más sobre sí mismos y sobre el mundo en general, y muchos incluso tienen sus propios cuerpos de policía privados y normas para tramitar ciertas denuncias penales. Aunque esto puede ayudar a que los estudiantes se sientan más seguros en algunos casos, en otros puede ser perjudicial e incluso peligroso cuando se trata de proteger los derechos de un estudiante.
Si usted ha sido acusado de un delito sexual universitario, incluidos los relacionados con el Título IX, póngase en contacto con el experimentado abogado de delitos sexuales de Tampa Mike G Law para una
consulta gratuita.
¿QUÉ CONSTITUYE UN DELITO SEXUAL EN EL CAMPUS?
Un delito sexual como violación o agresión sexual que involucre a dos o más estudiantes se considera un delito sexual en el campus. Estos delitos generalmente ocurren en el campus y pueden ser manejados por una fuerza policial universitaria y un sistema disciplinario interno. En algunos casos, el delito puede ocurrir fuera del campus, pero la policía del campus lo denuncia e investiga.
Delitos sexuales comunes en el campus
Comportamiento lascivo y lascivo
Ya sea orinando en la fachada de un edificio después de haber bebido demasiado en una fiesta de fraternidad, corriendo por las zonas comunes o mirando a los transeúntes, el comportamiento lascivo y lascivo parece casi normal en la universidad. Sin embargo, estas actividades ahora se consideran más problemáticas de lo que eran antes, y los estudiantes universitarios actuales están pagando el precio. Tomar una mala decisión puede meter a un estudiante en un buen lío, aunque no sepa que es un delito.
Violencia en el noviazgo
Cubierto de Sección 784.046 de los Estatutos de Florida, violencia en el noviazgo se define como que ocurre entre dos partes involucradas románticamente o dos partes que previamente habían estado involucradas romántica o íntimamente. La violencia en el noviazgo incluye amenazas o acoso, toques no deseados o interacciones sexuales forzadas, y violencia física como golpear, empujar, asfixiar, etc.
Agresión sexual
La agresión sexual se conoce más comúnmente como violación . Puede ser parte de la violencia en el noviazgo, aunque es un delito separado.
La agresión sexual incluye las relaciones sexuales no consensuales y se define como “penetración oral, anal o vaginal por, o unión con, el órgano sexual de otro o la penetración anal o vaginal de otro por cualquier otro objeto” ( Estatuto de FL 794.011 ).
Ambos tipos de cargos pueden tener consecuencias de por vida para los acusados. Además de ser expulsado de la escuela, el acusado puede recibir una sentencia de prisión dependiendo de la gravedad de las acusaciones.
¿Qué pasa si ambas partes están borrachas?
El consentimiento requiere la afirmación positiva del deseo de participar en la actividad sexual y puede retractarse en cualquier momento. Sin embargo, si la supuesta parte que da su consentimiento está bajo la influencia de drogas o alcohol, su capacidad para dar su consentimiento puede ser cuestionada. Pero, ¿qué ocurre si dos personas se conocen en una fiesta y ambas están borrachas? Si una de las partes afirma haber sido violada al día siguiente, ¿se puede responsabilizar a la otra persona a pesar de que también estuvo bajo la influencia?
Con el cliente actual, es casi seguro que el presunto agravante sería responsable de sus actos a pesar de su embriaguez. Si bien se cree que una presunta víctima no puede dar su consentimiento cuando está borracha, un presunto instigador no recibe el mismo beneficio.
¿QUÉ ES EL TÍTULO IX?
El Título IX es una ley federal que prohíbe la discriminación por razón de sexo en los programas o actividades educativos que reciben financiación federal. La ley obliga a los centros escolares a investigar todos los casos sospechosos de conducta sexual inapropiada, independientemente de que se presente o no una denuncia formal.
Aunque estas investigaciones son independientes de los procedimientos penales, se recomienda consultar con un abogado defensor del Título IX en caso de que se presenten cargos. Más información sobre el Título IX y sus implicaciones para los estudiantes de Florida.
¿QUÉ ES LA LEY DE PREVENCIÓN DE DELITOS SEXUALES EN LOS CAMPUS UNIVERSITARIOS?
La CSCPA, que se convirtió en ley el 28 de octubre de 2000, requiere que los delincuentes sexuales que deseen inscribirse en un colegio o universidad notifiquen. Además, la CSCPA establece las pautas de presentación de informes para las instituciones de educación superior. Para estar en cumplimiento, los colegios y universidades deben compartir sus estadísticas de delitos con el público, así como información sobre la inscripción de delincuentes sexuales.
Si se le declara culpable de un delito sexual y se le exige que se registre como delincuente sexual o depredador sexual, deberá informar a cualquier escuela en la que elija inscribirse para cumplir con la ley. Esto puede resultar gravoso y dificultar que las personas que han cometido un error en el pasado trabajen por un futuro mejor. El objetivo es proteger a las personas actualmente inscritas; sin embargo, afecta negativamente a quienes ya han pagado su deuda con la sociedad.
¿QUIÉN SE OCUPA DE LOS DELITOS SEXUALES EN EL CAMPUS?
Muchas universidades tienen sus propias fuerzas y procesos policiales privados para hacer frente a los presuntos delitos. Otros confían en la aplicación de la ley local. Aunque se pide a las universidades que denuncien más delitos en los campus a las autoridades locales, sigue habiendo una desconexión entre quién se ocupa de qué y en qué circunstancias. Esto significa que si bien algunos acusados deben pasar por audiencias disciplinarias internas, otros deben administrar dentro del sistema judicial tradicional.
Independientemente de dónde se esté “juzgando” un caso, es fundamental que cualquier parte acusada tenga representación legal. Esto ayuda a garantizar que el proceso mantenga su imparcialidad y que el acusado pueda defenderse adecuadamente.
En última instancia, existe mucha presión sobre las universidades para que manejen los delitos sexuales de manera expedita, y esto puede ser perjudicial para el acusado. Se da prioridad a los derechos de la víctima y, a menudo, se vilipendia al acusado. Esto puede llevar a que los derechos del acusado sean arrojados por la ventana. No dejes que te pase a ti.
¿QUÉ DEBO HACER SI SE ME ACUSA DE UN DELITO SEXUAL EN EL CAMPUS?
Si está bajo investigación por un delito sexual en el campus o si ha sido acusado de un delito sexual en el campus, es fundamental que busque representación legal. Este tipo de acusaciones son sumamente graves y pueden tener consecuencias de largo alcance para toda la vida. Pueden dificultar la finalización de su título o buscar ayuda financiera, pueden afectar sus perspectivas laborales en el futuro y, de lo contrario, pueden descarrilar el curso de su vida.
CÓMO PUEDE AYUDARLE UN ABOGADO ESPECIALIZADO EN DELITOS SEXUALES EN EL CAMPUS
No dejes que una acusación te descarrile la vida.
Si te han acusado de un delito sexual en el campus, incluidos los delitos relacionados con el Título IX, asegúrate de que tus derechos están protegidos. Incluso si debe acudir a un juicio universitario o a un programa de arbitraje, es crucial que busque asesoramiento jurídico. No deje que otros hagan un ejemplo de usted- llame a Mike G hoy y proteja su futuro.
Deja que Mike G te ayude a proteger tus derechos
Las decisiones que tome después de haber sido detenido pueden determinar el resultado de su caso – y posiblemente su vida. Llame a Mike G Law al 813-221-4303, o póngase en contacto conmigo en línea.
Delitos Sexuales
Póngase en contacto con Mike G
* Rellene todos los campos obligatorios
Formulario de contacto (barra lateral)
"*" indicates required fields
Mike G. es un gran abogado. Muy profesional, muy puntual, fácil de hablar. Gracias a él mi caso fue sobreseído y se retiraron los cargos.
Pude enviar un mensaje de texto o llamar a Mike en cualquier momento que lo necesitaba. Trabajó conmigo, a un nivel real, y me comunicó expectativas realistas para mi situación. Gracias de nuevo chicos.
Ojalá pudiera darle al Sr. González 10 estrellas sobre 5. Es un abogado penalista estelar y muy competente. El Sr. González me ha dado efectivamente una segunda oportunidad en la vida gracias a su profundo y profesional conocimiento del derecho penal. Me enfrentaba a un delito muy grave que conllevaba una pena de prisión considerable. Pero gracias a su increíble talento, su gran inteligencia y su gran corazón para luchar por los valores de una persona, ahora puedo estar tranquilo sabiendo que no tendré que sufrir por el sistema penal. Si alguna vez tiene un problema con el sistema de justicia penal, le recomiendo encarecidamente que contrate a este notable caballero para que luche por usted en su caso. Estoy en deuda con usted por sus servicios. Me devolvió la vida y siempre le estaré agradecido. Gracias, Sr. González.
Mike se ocupó de mi caso legal y civil y fue muy útil y profesional. Respondió a todas mis preguntas y me proporcionó actualizaciones cuando las pedí. Me ayudó a estar en condiciones de volver a ver a mi hijo, por lo que estoy muy agradecido. ¡Gracias y Dios te bendiga!